Un procedimiento standard pasa por los siguientes plazos:
1. Estudio de la situación del deudor y análisis de las acciones a tomar: 2 semanas.
2. Recopilación de información por parte del deudor. 1 mes. Desgraciadamente esta parte tiene que hacerla personalmente el deudor y suele ser un poco tediosa. Tiene que ir a distintos organismos personalmente y no siempre dan cita de manera inmediata. Es aconsejable que el deudor tenga su certificado digital funcionando antes de empezar.
3. Elevación a público. 2 semanas. El notario levanta acta de la situación del deudor. Una vez tiene toda la información puede ser rápido, pero puede tardar más dependiendo del momento del año en que se solicite.
4. Nombramiento de mediador. Este proceso puede ser muy rápido o llevar varios meses. El mediador debe aceptar el cargo, y dependiendo de muchos factores, esto no siempre es así. Muchos rechazan hacerse cargo del procedimiento. La ley recoge que si un determinado número rechazan el cargo se vaya directamente a concurso de acreedores.
5. Proceso de mediación. 3 meses. Es el tiempo que transcurre desde que se nombra al mediador hasta que se elabora un plan de refinanciación y se celebra la junta de acreedores. Si se llega a un acuerdo con los acreedores, cosa que rara vez ocurre, el proceso termina y se reestructura la deuda.
6. Concurso consecutivo. 6 meses. Es lo que se tarda desde que se elabora la demanda hasta que el juzgado dicta resolución sobre las deudas del demandante.
En resumen, un procedimiento de segunda oportunidad tarda entre uno y dos años. Normalmente quince meses.
La ventaja principal, desde nuestra experiencia, es la mejora en la calidad de vida del deudor. Una vez recopila toda la documentación pertinente, el procedimiento le libera del enorme estrés al que estaba sometido con anterioridad. Ningún cliente se ha arrepentido nunca de haber iniciado el procedimiento. Ninguno.